Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)

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        Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)

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              CL AL38 COR-S01-SS01-E02-001 · Item · 1979-05-23
              Part of Colección Operación Retorno

              Pasaporte de Patricio Alejandro Calfuquir Henríquez otorgado por Francia, país donde vivió su exilio tras su salida de Chile en 1978.

              El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

              Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.

              El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía y posibilita el ingreso a cualquier nación, excepto Chile.

              Untitled
              CL AL38 COR-S01-SS01-E04-001 · Item · 1977-05-10
              Part of Colección Operación Retorno

              Pasaporte de Alan William Rodríguez Pacheco, otorgado por el Reino Unido.

              El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

              Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.

              El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía y posibilita el ingreso a cualquier nación, excepto Chile.

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              CL AL38 COR-S01-SS01-E06-001 · Item · 1978-02-07
              Part of Colección Operación Retorno

              Pasaporte de Julio César Riffo Figueroa, otorgado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de los Países Bajos durante su exilio en Noruega.

              El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

              Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.

              El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía y posibilita el ingreso a cualquier nación, excepto Chile.

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              CL AL38 COR-S01-SS01-E07-001 · Item · 1978-09-01
              Part of Colección Operación Retorno

              Pasaporte de Próspero del Carmen Guzmán Soto, otorgado por los Países Bajos durante su exilio en Holanda.

              El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

              Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.

              El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía y posibilita el ingreso a cualquier nación, excepto Chile.

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              Pasaporte
              CL AL38 COR-S01-SS02-E03-001 · Item · 1976-05-28
              Part of Colección Operación Retorno

              Pasaporte de Juan Ramón Olivares Pérez otorgado por el Reino Unido, país donde vivió su exilio tras su salida de Chile.

              El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

              Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.

              El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía y posibilita el ingreso a cualquier nación, excepto Chile.

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              CL AL38 COR-S01-SS02-E04-001 · Item · 1978-03-14
              Part of Colección Operación Retorno

              Pasaporte de Dagoberto Cortés Guajardo otorgado por Bélgica, país donde vivió su exilio tras su salida de Chile.

              El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

              Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.

              El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía y posibilita el ingreso a cualquier nación, excepto Chile.

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              CL AL38 COR-S01-SS02-E05 · File · 1979
              Part of Colección Operación Retorno

              Danilo Wilfredo Quezada Capetillo, militante del MIR y oriundo de Antofagasta, realizó su enseñanza media en el Liceo de Hombres de dicha ciudad para luego ingresar a la carrera de Ingeniería en Ejecución Química en la Universidad Técnica del Estado (UTE) sede Antofagasta, en 1975.

              Fue detenido ese mismo año y llevado al ex Internado Bernarda Morin de Matta 3230 en Antofagasta , ocupado como cuartel secreto de la DINA-SICAR-CNI. Posteriormente es trasladado al campo de prisioneros 3 Álamos, donde permanece hasta su expulsión del país, saliendo con destino a Estados Unidos, donde vive finalmente su exilio.

              Reingresa a Chile de forma clandestina en el marco de la Operación Retorno, asumiendo labores de propaganda, hasta ser asesinado en un falso enfrentamiento el 11 de febrero de 1983 en la ciudad de Viña del Mar por efectivos de la Policía de Investigaciones y agentes de la CNI.

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              CL AL38 COR-S01-SS02-E06 · File · 1973 - 1981
              Part of Colección Operación Retorno

              Luis Pincheira Llanos, militante del MIR, fue parte del grupo guerrillero liderado por Nelson Araneda en la Cordillera de Nahuelbuta en el marco de la Operación Retorno. Contador de profesión, retorna a Chile desde su exilio en Bélgica, es asesinado en un falso enfrentamiento el 10 de noviembre de 1981, junto a Juan Ramón Soto Cerda, Jaime Cuevas Cuevas y Nelson Araneda, por agentes de la CNI, tras ser detenidos en la ciudad de Talca.

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              CL AL38 COR-S01-SS02-E06-001 · Item · 1977-05-13
              Part of Colección Operación Retorno

              Pasaporte de Luis Pincheira Llanos otorgado por Bélgica, país donde vive su exilio tras su expulsión de Chile.

              El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

              Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.

              El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía y distintos timbres de países por donde circuló antes de reingresar a Chile.

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              CL AL38 CMNF-S03 · Sección · 1948 - 2010
              Part of Colección Magdalena Navarrete Faraldo

              Esta sección da cuenta de la vida de Sergio Reyes Navarrete, tanto como hijo, hermano, estudiante y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria. Dividida en 3 subsecciones: Gestiones judiciales; Vida personal y familiar; y por último Conmemoraciones. La primera da cuenta de las distintas gestiones judiciales al momento y posterior a su detención. Como también cierta documentación que refiere al proceso judicial por el secuestro y desaparición de Sergio, entre otras compañeras y compañeros, llevado a cabo en España contra Augusto Pinochet por crímenes de lesa humanidad. La siguiente subsección refiere su vida como estudiante, militante e hijo, la documentación es variada, manteniendo tipologías desde documentos escritos por el mismo Sergio, a fotografías desde pequeño hasta la adultez, en distintas ocasiones. Por último, la subsección de Conmemoraciones, consta de las distintas formas que Magdalena utilizó para hacer denuncia y recordatorio de la existencia de Sergio, exponiendo así la situación de la desaparición forzada de él y tantos más en documentos como pancartas, afiches, pañuelos, entre otros.

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